FACULTADES EXCLUSIVAS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

Desde 1824 nuestro país cuenta, de manera constitucional, con un Poder Legislativo representado por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, es decir, una representación bicameral, como la de los Estados Unidos de América, la cual sirvió de modelo para la mexicana. Sin embargo, también a partir de este momento las funciones propias de cada una de ellas han estado perfectamente delimitadas, excepto entre 1857 y 1874, cuando la
Constitución de 1857 desaparece la Cámara Alta y entonces el Congreso de la Unión sólo está conformado por la de Diputados. No obstante este breve periodo, puede afirmarse que la Cámara de Diputados ha mantenido, casi de manera ininterrumpida sus actividades desde su creación hasta nuestros días, salvo por algunas intervenciones extranjeras, una guerra civil y una orden dictatorial que alteró el desempeño de los representantes de toda la nación.
La Constitución de 1824, en su Título III, artículos 7 al 73, establece las funciones del Poder Legislativo formado por ambas Cámaras, aunque de alguna manera se precisan los ámbitos de competencia de cada una de ellas.
En la Constitución de 1857, por lo que ya se ha señalado, las funciones de la Cámara de Diputados son todo el ámbito legislativo hasta 1874, cuando el Presidente Benito Juárez restablece el Senado. Sin embargo, en su Título III, Sección I, Párrafo III, artículo 72, fracciones I a XXX, de manera clara señala las “Facultades del Congreso”. De tal manera que a partir de entonces, y tras la vuelta al sistema bicameral, podemos hablar de las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados. Con la promulgación de la Constitución de 1917, su Título III, Capítulo II, Sección III De las Facultades del Congreso, artículo 74, se precisan las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados:
I.- Erigirse en Colegio Electoral para ejercer las atribuciones que la ley le señala respecto a la elección de Presidente de la República.
II.- Vigilar por medio de una Comisión de su seno, el exacto desempeño de las funciones de la Contaduría Mayor.
III.- Nombrar a los Jefes y demás empleados de esa oficina.
IV.- Aprobar el presupuesto anual de gastos discutiendo primero las contribuciones que a su juicio deben decretarse para cubrir aquel.
V.- Conocer de las acusaciones que se hagan a los funcionarios públicos de que habla esta Constitución, por delitos oficiales, y en su caso, formular acusación ante la Cámara de Senadores y erigirse en Gran Jurado para declarar si ha o no lugar a proceder contra alguno de los funcionarios públicos que gozan de fuero constitucional, cuando sean acusados por delitos del orden común.
VI.- Las demás que le confiere expresamente esta Constitución.
Para conocer las facultades exclusivas de la Cámara de Senadores, véase el libro de Manuel González Oropeza, Las Facultades Exclusivas del Senado de la República, México, Senado de la República-LX Legislatura-Comisión de Biblioteca y Asuntos Editoriales y Editora Laguna, 2008, 594 p.
Hablar de facultades exclusivas es implicar la existencia de dos cámaras que comparte funciones de Poder Legislativo. No obstante, en la Constitución de 1824 no hubo facultades exclusivas como tales para cada Cámara. El concepto de facultades exclusivas nace con las reformas del 13 de noviembre de 1874 en las que el Constituyente Permanente tuvo que justificar la reinstalación del Senado, suprimido expresamente en la Constitución de 1857, asignando una naturaleza particular a cada Cámara. A la Cámara de Diputados se le asignó una naturaleza popular y, al Senado, una naturaleza federativa.
Con base en esta diferenciación de origen, fue consecuencia necesaria la diferenciación de funciones. Las facultades exclusivas de cada Cámara, explica Felipe Tena Ramírez, son las que se ejercitan separadas, pero no de forma sucesiva, por cada una de ellas. Su ejercicio no produce leyes, sino decretos que no pueden ser vetados.
A partir de entonces, por las diversas modificaciones constitucionales a las cuales se ha sometido nuestra Carta Magna, estas facultades han cambiado, es decir, se han ajustado a los nuevos tiempos y a las exigencias de una sociedad más democrática, libre y justa. Por ejemplo, a partir del último tercio del siglo XX la facultad de erigirse en Colegio Electoral se eliminó, pues de acuerdo a las propuestas del titular del Poder Ejecutivo, esta función pasó por diversas transformaciones hasta que se confirió al Poder Judicial, a través del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien desde 1996 lleva a cabo los juicios de inconformidad de las elecciones y quien en última instancia hace la entrega de la declaratoria de validez de las elecciones presidenciales.
Algunas de las funciones que hasta la fecha, desde su creación como Cámara de Diputados, no han cambiado son la del presupuesto de la Nación, el erigirse como jurado de acusación y Gran Jurado (para declarar si procede o no el desafuero de los funcionarios públicos que goza de él), la revisión y aprobación de las modificaciones constitucionales (en colaboración con la Cámara de Senadores), la iniciativa de nuevas leyes y reglamentos, entre otras.
Esto que parece tan sencillo, en realidad es mucho más amplio y complejo conforme se revisan las legislaturas más antiguas contenidas en el Diario de Debates de la Cámara de Diputados antes de 1917. Naturalmente que se hallan en estos documentos los temas básicos a los que se ha hecho alusión, como la aprobación del presupuesto de ingresos y egresos de la Federación, la aprobación de concesiones para tramos ferrocarrileros (es la época en que se construyen líneas férreas a lo largo y ancho del país), de la creación de puertos y aduanas, de la introducción de maquinaria y materias primas extranjeras, de permisos para electrificar a calles o poblaciones enteras, pavimentación de calles y carreteras, etcétera. También se hallan innumerables discusiones y aprobaciones para la modificación del presupuesto, para destinar recursos de determinados rubros en otros a los cuales es urgente atender. Se aprobaban convenios establecidos entre los estados de la Federación para acordar sus límites o para la división del Distrito Federal en municipalidades.
En pocas palabras, algo que puede considerarse habitual y de mero trámite, pero también había otras solicitudes que llegaban a manos de los diputados y en gran cantidad: solicitudes para otorgar pensiones a viudas y huérfanos de militares, políticos y antiguos funcionarios del Gobierno, cuyos servicios iban desde haber servido en batalla durante alguna intervención extranjera hasta haber luchado y ser heridos en alguna rebelión, como las de Yucatán y Sonora.
Algunos más solicitaban –y en gran cantidad también- se les concediera permiso para recibir alguna condecoración que determinado gobierno extranjero les otorgaba, como al propio Porfirio Díaz o algún general retirado.
Otras más son de tal naturaleza, que no pueden agruparse en un solo rubro: para que la Cámara revalide estudios (1899); para rehabilitar los derechos de ciudadanos que los habían perdido por haberse naturalizado en otro país sin autorización de los Diputados; indultos por no haber tramitado a tiempo el pago de pensiones a militares; el permiso para sacar del país piezas arqueológicas obtenidas por excavaciones de Désiré Charnay en Yucatán; declarar días de luto nacional por aniversario de la muerte de algún héroe nacional, como Hidalgo o Morelos; formar comisiones para acudir a la casa de algún diputado enfermo; para recibir en la puerta de la Cámara a algún visitante extranjero o para ir a saludar al Presidente de la República.
Como puede apreciarse en esta breve semblanza, las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, como están asentadas en el Diario de Debates, desde la VIII Legislatura (1877), hasta la vigente LXII Legislatura (2013), con sus periodos ordinarios (primero y segundo) y extraordinarios, se han transformado a lo largo de más de cien años; algunas facultades han desaparecido y otras se han conferido a diversas instituciones, pero siempre se aprecian vastas y variadas actividades de la Cámara de Diputados, y ni qué decir de aquellos hechos históricos de gran relevancia que han pasado por sus puertas.
La labor no es fácil, tampoco a corto plazo, pues las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados van ligadas a su propia historia, y sin duda alguna, a la historia del país.
No me resta más que agradecer la participación del Mtro. Pedro Alfonso López Saucedo en la conclusión de esta obra, y señalar que el contenido de esta investigación ha sido el fruto de la revisión del Diario de los Debates de la Cámara de Diputados, desde 1877 hasta nuestros días, así como de diversos artículos, ensayos y libros de la autoría de quien esto escribe.
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http://biblioteca.diputados.gob.mx/janium/bv/md/LXII/fac_exc_cd.pdf
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Nuestros diputados federales acaban de aprobar la REVOCACION DE MANDATO, pero esta acción, a mi entender, solo seria efectiva para el PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, exentándose ellos y ellas, así como a los SENADORES, GOBERNADORES, ALCALDES, DIPUTADOS LOCALES Y FUNCIONARIOS DE PRIMER NIVEL en cada estado, ya que estos también puedan caer en la INEFICIENCIA, CORRUPCION, IMPUNIDAD tomando en cuenta que nadie somos perfectos y adicional, el dicho que dice: EL BUEN JUEZ POR SU CASA EMPIEZA, y así: TODOS COLUDOS, O TODOS RABONES.